Todos sabemos lo que son los derechos de autor. Resumiéndolo
mucho: una obra –un dibujo, una canción, un libro, una película…- es siempre de
su autor. La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce que éstos
pertenecen al ámbito de los derechos humanos fundamentales. Y así si alguien
quiere comprar un libro para leerlo, oír una canción o simplemente, mercadear
con el trabajo de un creador, este tiene que recibir un dinero por ello. A no
ser que el creador ceda esa obra gratuitamente a la sociedad para que sea de dominio
público. ¿Qué sucede cuando el autor fallece? En ese caso los derechos de autor
los hereda su familia. Pero existe un límite. En la mayoría de los países del
mundo cuando el artista ha fallecido setenta años atrás, los derechos de autor
desaparecen. Y su obra pasa a ser de dominio público. Es decir: forma parte del
patrimonio inmaterial de la sociedad. Cualquiera, entonces, puede leer
gratuitamente ese libro, oír una canción… o, simplemente, comerciar con ese
material ya que puede ser utilizado libremente por cualquier persona siempre
que se respete la autoría y la integridad de la obra. Porque una obra siempre
será de su autor y nadie, sin su permiso, puede modificarla. O apropiarse de
ella diciendo que es suya.
Lo interesante de todo esto es que hoy en día existen miles de obras que son de dominio público. Son del mundo. Eso significa que podemos disfrutar de todas ellas gratuitamente. Claro, uno puede pensar: “pero si quiero leer un libro, lo tendré que comprar…” Pues no: para eso están los formatos digitales. Todos podemos ahora mismo leer libros, oír música… gratuitamente. Porque no hay soporte que adquirir. Eso es lo interesante de este mundo virtual también gratuito: a través de las obras de dominio público podemos descargar y leer o escuchar los libros y músicas de forma ilimitada. Pues, en el fondo, ya son nuestras, de todos, de la humanidad.
Todos los años pasan a engrosar la lista de autores de dominio público una importante nómina de escritores y músicos. Hace un par de años, por ejemplo lo “holmesianos” estuvieron de enhorabuena: pues los personajes pergeñados por la pluma de Arthur Conan Doyle (por supuesto, también el mismísimo Sherlock Holmes) pasaron a dominio público. Aunque costó que fuera así: los herederos de Doyle acudieron a los tribunales cuando un ontólogo (Leslie Klinger) quiso publicar nuevas aventuras de Sherlock Holmes sin pasar por caja. Al final la editorial se asustó y el libro no llegó a publicarse. Pero Klinger no se conformó y demandó a los herederos. Y ganó el litigio. "Sherlock Holmes pertenece al mundo", anunció Klinger en un comunicado publicado en su página web “Free Sherlock”. El personaje ganó así su merecida libertad. Por fin dejó de ser cautivo de nadie.
En cualquier caso muchos herederos de autores que pronto
pasarán a ser de dominio público están reclamando una ampliación de plazo de “esclavitud”:
un margen de 95 años. El tiempo dirá si lo consiguen o no…
